Alexander Bryukhankov sansionado por presencia de EPO en muestra de orina
El Triatlón Mundial ha impuesto un período de tres años de inelegibilidad al triatleta ruso Alexander Bryukhankov por la presencia de EPO en su muestra de orina recolectada en un control de dopaje en competencia el día 19 de junio, 2021, en el Campeonato Europeo de Triatlón Sprint & Relevos en Kitzbuhel, Austria, carrera en la que fue quinto en la Final B.
El Triatlón Mundial informó previamente que una muestra de Bryukhankov había arrojado u Hallazgo Analítico Adverso (AAF) por recombinantes de Eritropoyetina (EPO) (S2. Péptida, Hormonas, Factores de Crecimiento, Sustancias Relacionadas, y Miméticos). La muestra se tomó bajo la autoridad del Triatlón Mundial de acuerdo al estándar internacional para pruebas e investigaciones, y fue enviado a Seibersdorf, Laboratorio Acreditado de la AMAD para su análisis.
El día 15 de septiembre, el Triatlón Mundial notificó que presentaba cargos al Sr Bryukhankov por violación al Reglamento Anti Dopaje (ADRV) porque no había utilizado su derecho a pedir un análisis de la muestra B dentro de la fecha establecida. El atleta admitió la Violación del Reglamento Anti Dopaje (ADRV) en los 20 días posteriores a recibir la noticia del cargo y por lo tanto, se beneficia con la reducción de un año de los cuatro años presuntos de inelegibilidad.
El Triatlón Mundial impone un período de inelegibilidad de tres años al Sr Bryukhankov por la presencia de EPO en sus muestras de orina en contravención del Artículo 2.1 del Reglamento de Anti Dopaje (ADR). Todos los resultados deportivos del atleta y los puntos ganados desde el 19 de junio de 2021 son descalificados, con las consecuencias subsiguientes, incluyendo el retiro de cualquier título, premio, medalla, puntos y dinero obtenidos en dicho período.
El atleta recibirá crédito por el período de suspensión ya cumplido. De este modo, el período se actualiza al 26 de agosto 2021, fecha en la que el atleta fue suspendido provisionalmente. El atleta podrá volver a competir el 26 de agosto de 2024.
Durante el período de inelegibilidad, el atleta no puede participar en ninguna capacidad en competencia o actividad (exceptuando las autorizadas por los programas de rehabilitación o educación en anti dopaje) autorizada u organizada por cualquier signatario, organización signataria miembro, o club o en una competencia autorizada u organizada por cualquier liga profesional o en eventos nacionales o internacionales o actividad deportiva elite o de nivel nacional financiada por una agencia gubernamental.